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La Primera Presidencia suspende los matrimonios por tiempo (no eternos) en el templo

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El exterior del Edificio de la Administración de la Iglesia en Salt Lake City.

Adam Fondren, Deseret News


La Primera Presidencia suspende los matrimonios por tiempo (no eternos) en el templo

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El exterior del Edificio de la Administración de la Iglesia en Salt Lake City.

Adam Fondren, Deseret News

La Primera Presidencia de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días ha anunciado que ya no se llevarán a cabo matrimonios por tiempo (aquellos que son sólo por esta vida y no por la eternidad) en el templo.

La suspensión se abordó en una carta del lunes, 24 de mayo a las Autoridades Generales; Oficiales Generales; Setentas de Área; presidentes de estaca, misión, distrito y templo; y obispos y presidentes de rama.

Los matrimonios por tiempo en el templo se han reservado para aquellos que han sido sellados previamente a un cónyuge que ha fallecido, de acuerdo con el Manual General de la Iglesia (27.3.3). Tenían que cumplir con los mismos requisitos para un sellamiento en el templo, incluyendo una recomendación vigente para llevar a cabo ordenanzas por los vivos y una licencia de matrimonio. Un matrimonio en el templo sólo por tiempo no estaba autorizado para los miembros que estaban en proceso de solicitar la anulación del sellamiento o una autorización para sellamiento, según el manual.

Firmada por el presidente Russell M. Nelson, el presidente Dallin H. Oaks y el presidente Henry B. Eyring, la carta dice:

“Un templo de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días es la casa del Señor. Es un lugar santo de adoración donde las personas hacen convenios sagrados con Dios y reciben las bendiciones prometidas. Estos convenios y bendiciones son de naturaleza eterna.

“Debido a la naturaleza eterna del templo y a la obra que se lleva a cabo allí, se ha decidido que ya no se llevarán a cabo matrimonios por tiempo en el templo. En el caso de que una pareja desee casarse por lo civil y no se contemple o no sea posible un sellamiento, se anima a la pareja a invitar a su obispo o presidente de estaca — donde sea legal — a oficiar la ceremonia del matrimonio”.

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